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Los contratos suscritos tras el cinco de enero de mil novecientos noventa y nueve tienen jurisprudencia para ser anulados por resolución judicial según la resolución del Tribunal Supremo. Álvaro Caballero, es el letrado del bufete.

Sin embargo los contratos suscritos antes de esa fecha, no pueden judicializarse. En la web oficial de Asesores y consultores asociados encontrarás la forma de desvincularte completamente de este tipo de derecho de aprovechamiento por turno llamado multipropiedad anterior a 1998.

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